Es un documento que ampara el traslado de mercancías, con el que se puede acreditar la legal tenencia y transporte de las mercancías a lo largo del trayecto dentro del país y el cual entra en vigor a partir del 01 de enero de 2022 con un periodo de adaptación hasta 30 mayo del mismo año en su versión 2.0
Te ofrece muchos complementos sin costo extra, entre ellos la Carta Porte en su versión actual 2.0 y sus dos tipos, ingreso y traslado, misma que puedes llenar de dos formas, mediante formulario y plantilla de TXT, por lo que no tienes que preocuparte sobre los costos o quedarte atrás con las nuevas disposiciones, ya que SICOFI se actualiza conforme las autoridades requieren.
Toda la información relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan; ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial; y en su caso, incorporar la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.
Aquella persona o empresa que mueva mercancía a través o fuera del país.
Existen dos variantes, Carta Porte ingreso y Carta Porte traslado.
No, este solo es requerido para circulación por otros estados o ingresos y salidas del país.
Únicamente autoridades federales, ni policía municipal ni estatal pueden requerirlo.
La Carta Porte entra en vigor el 1 de enero de 2022, sin embargo, hasta el 1 de abril de 2022 será obligatorio y sancionado si no se presenta correctamente, por lo que aún estamos en un periodo de adaptación.
En el año 2021, el SAT anunció cambios en la facturación, procesos de cancelación y complementos de pago que entran en vigor en el año 2022, mismos que no son de carácter obligatoria hasta el 1 de abril de 2023, sin embargo, debes considerar adaptarte a estos nuevos cambios por lo que SICOFI ya cuenta con la versión 4.0 de CFDI, mismo al que puedes ingresar solamente seleccionando el tipo de documento y versión que deseas realizar.
En el año 2021, el SAT anunció cambios en la facturación, procesos de cancelación y complementos de pago que entran en vigor en el año 2022, mismos que no son de carácter obligatoria hasta el 1 de abril de 2023, sin embargo, debes considerar adaptarte a estos nuevos cambios por lo que SICOFI ya cuenta con la versión 4.0 de CFDI, mismo al que puedes ingresar solamente seleccionando el tipo de documento y versión que deseas realizar.
Entra en vigor el 1 de enero de 2022, sin embargo, no es obligatoria ni sancionada hasta el 1 de abril de 2022, tenemos 3 meses de adaptación.
Realmente son pocos:
1.- El nombre y domicilio del emisor y receptor se vuelven obligatorios, además del régimen fiscal.
2.- Incluye un campo para indicar si el documento ampara una exportación de mercancías.
3.- Identificará si las operaciones son objeto de impuestos indirectos.
4.- Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
Incluirá de forma obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y receptor y permitirá relacionar otros CFDI.
Al igual que la factura, incluye un apartado para indicar si es sujeto a impuestos y se incluye un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos en moneda nacional, asi como los impuestos que se trasladan.
Ahora será obligatorio señalar el motivo del porque se cancela el comprobante.
Son 4 códigos de cancelación:
01 - Comprobante emitido con errores con relación.
02 - Comprobante emitido con errores sin relación.
03 - No se llevó a cabo la operación.
04 - Operación nominativa relacionada en la factura global.
01 - Cuando se emita una factura que se tenga que sustituir debido a un error en la misma.
02 - Cuando se emita una factura con error, pero no tiene que sustituirse.
03 - Cuando se emita una factura cuyo producto o servicio fue cancelado y no se concretó.
04 - Cuando se incluye una venta en la factura global de operaciones con el público en general y posterior a ello, el cliente solicita su factura nominativa, lo que conlleva a cancelar la factura global y reexpedirla, así como generar la factura nominativa al cliente.
Si, toda cancelación que se haga en 2022 debe tener una relación, independientemente del tipo de factura.